Cosas que deberías tener en cuenta antes de subirte en una bicicleta eléctrica

16 de mayo de 2024 por
Cosas que deberías tener en cuenta antes de subirte en una bicicleta eléctrica
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¿Qué necesitas saber antes de circular con una bicicleta eléctrica en España?


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Tal y como establece el Reglamento General de Vehículos y la Directiva Europea para considerarse bicicleta eléctrica o bicicleta de pedaleo asistido, el motor debe tener una potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250W. La potencia debe ir disminuyendo progresivamente hasta interrumpirse antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h. Todas las demás bicicletas eléctricas están incluidas en la legislación técnica para ciclomotores y motocicletas de motores de combustión interna con matriculación.

 

Desde el 22 de enero de 2024 el reglamento general de vehículos exige un certificado de circulación a los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) es decir todos aquellos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h, además es obligatorio un sistema de frenado sobre las dos ruedas y un timbre.

 

La DGT ha aclarado que no necesitan homologación ni seguro ya que no se consideran vehículos a motor, por lo tanto, no estás obligado, aunque sí es muy recomendable. Eso sí, el seguro sí que es obligatorio para empresas turísticas, de alquiler, etc.